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Guía del Docente
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¿Quienes serán evaluados en 2017?

¿QUIÉNES PUEDEN SERSELECCIONADOS? Personal que realice funciones de docencia, dirección o supervisión, de sostenimiento estatal, federal o federalizado de los niveles y servicios educativos de educación básica,…

Guía del Docente5 de mayo de 20175 min de lectura

¿QUIÉNES PUEDEN SERSELECCIONADOS?

Personal que realice funciones de docencia, dirección o supervisión, de sostenimiento estatal, federal o federalizado de los niveles y servicios educativos de educación básica, considerando sus modalidades: educación preescolar, educación preescolar en educación inicial, educación primaria, educación especial, educación secundaria, educación física.

Cualquiera de los niveles, servicios y modalidades señalados siempre y cuando el personal cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Haber prestado sus servicios durante el ciclo escolar 2016-2017, y estar activo en la fecha de ser seleccionado

  2. No haber participado en la evaluación del desempeño ( con la plaza que pretende evaluarse y en el mismo tipo de evaluación) en los años escolares 2015-2016y 2016-2017

  1. No haber participado en la evaluación de ingreso en los ciclos escolares 2014-2015, 2015-2016 o 2016-2017habiendo obtenido la plaza correspondiente.

  2. No haber participado en la evaluación de promoción a cargos con funciones de dirección, supervisión o ATP en los ciclos escolares 2014-2015, 2015-2016 o 2016-2017, habiendo obtenido resultado idóneo, y que haya sido sujeto a nombramiento y asignación de plaza o del incentivo correspondiente. Nota: si participó, resultó idóneo y la asignación de su plaza se encuentra en tránsito podrá elegir si acepta la promoción o decide ser evaluado en el desempeño.

  3. Contar con una antigüedad en el servicio público educativo de al menos 3 años.

  4. Contar con nombramiento definitivo o temporal (sin titular en la plaza, con vigencia anterior a la entrada en vigor de la LGSPD 12/09/17). Deberá acreditar su nombramiento en la plaza con la que participará en la evaluación.

  5. Si tiene plaza de dirección o supervisión debe ocupar la plaza respectiva en funciones.

  6. Estar adscrito en el centro de trabajo que corresponda a la función que desempeña y al tipo de evaluación en que se evaluará.

  7. Los docentes que imparten inglés deben acreditar el dominio de la lengua con la certificación CENNI Nivel 12.

  1. Tener dominio de equipo de cómputo.

  1. Las entidades federativas tienen asignada una cuota núnima y máxima, la meta nacional es de 150,000 participantes

  2. La selección se realizará por las autoridades educativas locales teniendo en cuenta el tipo de función que se realiza y el tipo de evaluación, considerando un porcentaje proporcional del total del personal que cumpla con los requisitos para participar y según la cuota asignada.

  3. La autoridad educativa local integrará la base de datos del personal seleccionado y capturará la información necesaria en el Sistema Nacional de Registro del Servicio Profesional Docente.

  1. La Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente integrará la información con los datos capturados por las autoridades locales.

  2. Esta información servirá de base para notificar a los docentes los términos de su participación en este proceso, por parte de la SEP y de la autoridad educativa local.

Será evaluado el personal que desempeña funciones de dirección sin la plaza específica, de acuerdo a lo siguiente:

  • Si está comisionado con 10 director o subdirector y ha prestado sus servicios en esta función desde antes de la entrada en vigor de la LDSPD (septiembre de 2013), siempre y cuando cubra el perfil para la función de director o subdirector, según lo señalado en las convocatorias del concurso de promoción del ciclo escolar 2016-2017.

  • Quienes desempeñan la función de director o subdirector en educación secundaria (antes de la entrada de vigor de la Ley) deberán contar con al menos 35 horas-semana-mes,

También será evaluado el personal que desempeña las funciones de subdirector de gestión, subdirector académico o coordinador de actividades académicas (estos último en educación secundaria), de acuerdo a lo siguiente:

  • En virtud de que los cargos de subdirector de gestión y académico en los servicios de preescolar, primaria y educación especial y los coordinadores de actividades académicas de secundaria fueron considerados en las estructuras ocupacionales y algunos fueron comisionados podrán participar en la evaluación del desempeño quienes hayan realizado estas funciones al menos durante dos ciclos escolares completos (2015-2016 y 2016-2017), siempre y cuando cumplan con el requisito de preparación y cuenten con al menos 35 horas-semana-mes

Este proceso está sujeto a que las entidades realicen el procedimiento de creación de plazas para regularización (por cancelación - creación) y a que tengan presupuesto para el caso de plazas de sostenimiento estatal. Si la entidad no cumple con esto no podrá haber regularización

Si obtuvieran resultado insuficiente deberán regresar a la función de la categoría que ostentan

¿Cómo será el proceso para los que presentan segunda o tercera oportunidad?

  • Se evaluarán junto con el tercer grupo en el periodo 2017-2018

  • Presentará solamente la o las etapas en las que tuvieron resultado insuficiente

  • Su evaluación se basará en el modelo de evaluación 2017

  • No deben pre-registrarse, este proceso lo hará la autoridad educativa local para que todos los que estén en situación de presentar segunda y tercera oportunidad estén en la base de datos y reciban la notificación correspondiente

Referencia: http://servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx

Así mismo agradecemos a la Mtra. Erendira Piñon Aviles por la valiosa información que nos comparte a toda la comunidad docente.

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